25 jun. 2025

Omisión de auxilio en accidentes de tránsito

Por: Victor Casanova.

La omisión de auxilio, además de ser un delito tipificado en el Código Penal Paraguayo (Art. 117), es un acto de irresponsabilidad ciudadana. En caso de ocasionar un accidente de tránsito, huir del lugar del hecho, con la esperanza de que no haya testigo alguno que relate lo ocurrido y de no dejar evidencias, es un acto cobarde e inhumano, con la intención de no enfrentar a la Justicia.

Sean cuales fueren las causas, lo cierto es que nadie busca embestir a alguien, o que lo embistan en la vía pública. La circunstancia quizás solo ocurre y nace la obligación moral y legal de auxiliar a la persona lesionada. Por eso, protagonizar un accidente de tránsito y dejar abandonada a la víctima es criminal.

En caso de dar con la persona responsable, debe hacerse la denuncia correspondiente ante la Policía y esta comunicará al Ministerio Público para que, una vez identificado el responsable, inicie las acciones penales correspondientes.

La víctima también puede comparecer directamente ante el Ministerio Público para denunciar el hecho. De ser posible, y para mayor efectividad, debe iniciar una querella adhesiva con un profesional abogado, para mayores resultados judiciales.