13 dic. 2024

Las preguntas frecuentes de trabajadores por cuarentena

Fijate qué tiene que tener tu constancia de trabajo.

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Trabajadores que cumplan labores excepcionales, deben tener una constancia, firmada y sellada por su empresa.

Gloria Villalba

Dos jóvenes aseguran que fueron retenidos por la policía cuando ellos iban rumbo a sus trabajos, pero no contaban con la constancia que actualmente es una exigencia para evitar la circulación innecesaria en tiempos de pandemia.

Alcides R. trabaja reponiendo mercaderías en un supermercado. En el trayecto, dice que la policía por ahora lo para dos o tres veces, menos mal que en su empresa sí le dieron el papel.

¿Qué debe tener un certificado de constancia?

  1. Nombre de la empresa que otorga dicho certificado o constancia.
  2. Nombre, apellido, numero de cédula y cargo que ocupa en la empresa.
  3. Horario en que desempeñará funciones.
  4. Firma y sello del dueño o superior en cargo quien brinda la autorización.

El abogado Víctor Casanova explicó a EXTRA que es importante saber cuáles son las empresas que están dentro de las excepciones que pueden trabajar pese a la declaración de cuarentena total.

2.267 asesoramientos del Ministerio de Trabajo: Desde el inicio de la cuarentena, la cartera de Estado asesora desde sus distintos canales, ya sea vía teléfono o digital.

“Ellas son: empresas de medicina prepaga, farmacias, sanatorios, supermercados, estaciones de servicios, dedicadas al rubro agropecuario, canales de comunicación y prensa escrita, entre otros que son considerados indispensables”, dijo.

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El profesional mencionó que, debido a la situación delicada que se vive en cuanto a la salud y nuestra economía, en todos los casos referentes al ámbito laboral, es necesario recurrir a la creatividad y capacidad de negociación entre empleados y empleadores, y de esta forma evitar pérdidas para ambas partes.

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A continuación te dejamos las preguntas frecuentes que a diario se escucha en boca de los trabajadores. Cada caso es particular, pero esperamos que sea de mucha utilidad.

Domésticas: ¿Si no cuidan, deben ir a trabajar?

Las personas que realizan quehaceres domésticos remunerados, no siendo estos imprescindibles, como ser el cuidado de ancianos, personas enfermas o niños, deberán ver el caso en particular con sus empleadores (dueños de casa) dentro del marco de la legislación laboral, debiendo otorgar vacaciones o simplemente días libres.

Albañiles: ¿Pueden continuar las obras?

La empresas privadas de construcción, actualmente en su mayoría, siguen trabajando en sus obras, pagando a sus funcionarios y respetando con total normalidad los horarios, o haciendo horarios escalonados. En el caso de albañiles y pintores particulares, por supuesto pueden seguir trabajando con normalidad, teniendo claros los cuidados correspondientes y bajo su entera responsabilidad.

Vacaciones: : Descanso “forzado” por pandemia

Muchas empresas instan a los trabajadores a tomar sus vacaciones en estos días de cuarentena, lo cual no es lo ideal, pero no está prohibido. Está amparado por la ley laboral e incluso los empleadores dan la posibilidad de adelantar hasta el 50 % de sus aguinaldos. Podemos hablar de legalidad, ya que estas “negociaciones” entre empleado y empleador no están prohibidas en el Código Laboral.

Emergencia: ¿Si un pariente está enfermo?

Si la policía te pide constancia de circulación y no estás yendo a trabajar, si no a ver a un pariente enfermo como medio de justificación una llamada telefónica al médico o a la clínica, puede ser viable. De ser necesario, las autoridades deberán acompañar a la persona hasta el lugar para corroborar el hecho manifestado, ya que dicho traslado deberá ser por medios propios.

¿Pagarán el total del mes?

La declaración de emergencia a causa de la pandemia ocasionada por el COVID-19 es un factor externo. Existe la figura de la “suspensión del contrato de trabajo” prevista en los artículos 68 a 71 del Código del Trabajo. Esto se da porque el trabajador no está produciendo y no devuelve “recíprocamente” a la empresa que le paga por sus servicios. En este caso, por una decisión de orden público.

Actualmente, es uno de los métodos utilizados, desde que inició la cuarentena, de los empleadores públicos y privados.

Sobre el pago de insalubridad, la ley ampara al empleador. Es algo adicional al personal de una empresa privada que va a trabajar a su oficina, con la comodidad y los recaudos correspondientes a cargo de la empresa a la que presta servicios.