Un leve suspiro de tranquilidad alivianó las preocupaciones de Sixto Rodríguez al enterarse de que a partir del lunes podrá volver a trabajar. “Ahora vamos a comer otra vez un asadito”, dijo esperanzado el hombre de 38 años.
Con cinco hijos pequeños esperando el pan en casa, el albañil es el único sostén de su familia. Si bien cuenta con buena salud, Sixto hizo malabares de todo tipo para poder estirar la plata y dar de comer a los suyos.
El sector de la construcción está saltando en una pata por la misma razón: este lunes retoman sus actividades. Aproximadamente 300.000 personas volverían a trabajar, por lo que albañiles y maestros de obra son los principales favorecidos.
Esto, gracias a las nuevas medidas de restricción para la circulación que fueron establecidas por el nuevo decreto presidencial (Nº 3525) durante el aislamiento preventivo general.
Pero, para evitar la aglomeración, las personas volverían a trabajar en turnos, tomando todas las medidas, según mencionó el exdirector de Empleo, Enrique López Arce.
Delivery de Chupi
Los que también están de parabienes son los dueños y empleados de bodegas, pues está permitido nuevamente el delivery de bebidas alcohólicas, hasta las 23:00. Eso sí, los trabajadores deben estar correctamente protegidos con tapabocas y guantes de látex.
Entre las nuevas medidas, aún hay muchas dudas. Te presentamos algunas preguntas de situaciones reales que se enviaron al Diario EXTRA, con sus respectivas respuestas:
1 ¿Puedo mudarme de alquiler?
No podés mudarte, porque la mudanza no está dentro de las excepciones: aguantá un rato más.
2 ¿Puedo comprar electrodomésticos vía delivery?
Sí, podés. A partir del lunes los servicios de delivery no serán exclusivos para el envío de comida y medicamentos: ya incluye al sector electrónico.
3 ¿Puedo reabrir mi lomitería?
Sí, podés, siempre y cuando los clientes no se amontonen. Lo más importante: usar guantes, tapabocas, que el local esté limpio y en buenas condiciones.
4 ¿Sí o sí tengo que usar tapabocas en el colectivo?
Sí, el uso obligatorio de tapabocas en el transporte público figura dentro de las nuevas medidas, también se recomienda usar tapabocas en farmacias y supermercados.
5 ¿Me van a multar por no usar tapabocas en el colectivo?
No te van a multar, pero eso sí: el chofer simplemente no te va a alzar. Si lo hace, los pasajeros están obligados a reclamarle al conductor para que te bajes y no te va a quedar otra que ir a patita.
Asimismo, también se recomienda usar tapabocas en los supermercados, farmacias o lugares de mucha concurrencia.
6 Si quiero ir al súper y la terminación de mi chapa no coincide con el día establecido, ¿igual puedo salir sin que me multen o me detenga la policía?
No. Dentro del decreto están bien establecidos los días que corresponden. Por ejemplo: vehículos con terminación impar en sus chapas (1, 3, 5, 7, 9) podrán transitar los lunes, viernes, miércoles y domingo.
Aquellos con terminación en números pares (0, 2, 4, 6, 8) podrán transitar los martes jueves y sábados, solo para comprar comida, ir a la farmacia y adquirir productos de limpieza. Si no te toca el día fijado, no podés sacar el auto.
7 ¿Quiénes pueden usar su vehículo todos los días ?
Todos los que están dentro de las excepciones: médicos, enfermeros, personal de blanco, delivery, prensa, trabajadores de la construcción. Ojo: sí o sí tienen que tener sus certificados de trabajo. Los demás tienen que permanecer en la casita.
8 ¿Qué pasa si tengo una urgencia, me pueden multar por sacar mi auto?
No. Si justificás el motivo, no te pueden detener, pero es importante tener un papel que confirme el motivo de tu salida. Por ejemplo: llevar a un enfermo al hospital o comprar medicamentos de manera urgente.
DECRETO Nº 3525: LAS EXCEPCIONES
- Autoridades Nacionales, Personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales.
- Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
- Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios.
- Supermercados, despensas, farmacias, así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones).
- Servicios funerarios, con las restricciones en el marco del aislamiento general (cuarentena).
- Las personas afectadas a las obras públicas y a las civiles, debiendo estas últimas activar por turnos al 50% de su fuerza laboral, notando la asistencia y aplicando los controles sanitarios vigentes.
- Servicios de entrega a domicilio (delivery) a partir de las 05:00 hasta las 23:00, salvo las farmacias que atienden las 24 horas.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos (basura).
- Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, a partir de las 05:00 hasta las 23:00.
- Todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
- Cadena Logística (puertos, aeropuertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga). Servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías.
- La producción agropecuaria, avícola, pesquera y forestal, así como la logística de provisión de insumos, máquinas y servicios de asistencia a las mismas.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza, guardia, hospedaje.