Don Juan Bautista Candia Meza (72) y Mirta Lucía Meza (56) comparten una historia marcada por la pérdida de sus respectivas parejas, pero también por la esperanza de iniciar una nueva etapa juntos. Ambos tienen el deseo sincero de formar una pareja conforme a la ley de Dios y, algún día, unirse en matrimonio.
Sin embargo, no pueden casarse porque no gestionaron los certificados de defunción de sus fallecidos cónyuges en el Registro Civil de las ciudades donde contrajeron matrimonio.
Actualmente, viven en una humilde casita en el barrio Caacupemí, de la ciudad de Carlos A. López, Itapúa.
Doña Mirta relató a EXTRA que enviudó en el año 2018 y que los familiares de su difunto esposo le aseguraron que gestionarían el certificado de defunción en el Registro Civil de Nueva Alborada, Itapúa. Sin embargo, ese trámite nunca se realizó.
“Por eso en mi cédula aún dice que soy casada”, aseguró. Don Juan perdió a su esposa hace seis meses y explicó que, por falta de dinero y desconocimiento, no pudo realizar los trámites correspondientes.
El pastor les habló
Ambos mencionaron que el pastor de la iglesia a la que asisten les hizo notar que, al vivir juntos sin estar casados, se encontraban en falta ante la ley de Dios.
La señora contó que acudieron al Registro Civil de Carlos A. López en busca de orientación. “Nos fuimos al Registro y una señora, cuyo nombre no recordamos, nos explicó que primero debíamos gestionar los certificados de defunción en las ciudades donde nos casamos”, relató.
Aseguró que el miércoles llamó a un juez de la zona donde se casó y le contó su situación.
“El juez me dijo que iba a ver mi caso, pero cuando le llamé de nuevo me cortó la llamada”, afirmó. El locutor de la radio 103.1, Eligio Báez, inició una campaña para ayudar a la pareja. Pide la colaboración de algún abogado que quiera brindarles una mano. El radialista solicita que se comuniquen con él al celular (0982) 682-362.
¿Qué hacer cuando no se registra?
En el Registro Civl se debe realizar antes de las 24 horas la inscripción de defunción, presentando:
- Certificado Médico de defunción original.
- Fotocopia de cédula del fallecido/a.
- Original y fotocopia la cédula del declarante.
- Dos testigos en caso de no tener certificado médico.
-Certificado de matrimonio.
Si no se hace en 24 horas, queda la vía judicial. Se llama Inscripción Judicial de Fallecimiento.