El bolsillo de los trabajadores privados tendrá un nuevo ajuste desde este fin de mes. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) reglamentó el reajuste del salario mínimo legal, que empezó a regir desde el 1 de julio de 2026 y establece un aumento del 5%.
Con la suba, el salario mínimo para los trabajadores del sector privado que cumplen una jornada diurna en actividades diversas queda en G. 3.044.000 mensuales, lo que representa un incremento de G. 144.952 respecto al monto anterior.
La actualización fue establecida mediante el Decreto N° 6225, firmado por el presidente Santiago Peña el pasado 17 de junio, y posteriormente reglamentada por el Ministerio de Trabajo a través de la Resolución N° 670/2026.
| Nuevo salario mínimo: | G. 3.044.000 |
| Nuevo jornal diario: | G. 117.077 |
| Sueldo por hora: | G. 14.637 |
¿Cuánto queda el jornal?
Para quienes trabajan a jornal, el nuevo monto diario quedó fijado en G. 117.077. En tanto, el trabajador mensualizado tiene un valor diario de G. 101.467, mientras que la hora laboral queda en G. 12.683.
En el caso de los trabajadores contratados bajo la modalidad de tiempo parcial por hora diurna, el pago mínimo establecido es de G. 14.637 por hora.
Para los que trabajan de noche
Los trabajadores que cumplen funciones en horario nocturno reciben un adicional del 30%, tal como establece el Código Laboral.
Con ese ajuste, el salario mínimo nocturno pasa a G. 3.957.200 mensuales. El jornal nocturno queda en G. 152.200, mientras que el pago por día es de G. 131.907 y por hora llega a G. 18.844.
Para quienes trabajan a tiempo parcial en horario nocturno, el valor mínimo por hora es de G. 21.743.
| Salario mínimo nocturno: | G. 3.957.200 |
| Jornal diario nocturno: | G. 152.200 |
| Sueldo por hora de noche: | G. 21.743 |
También suben otros salarios
La resolución del Ministerio de Trabajo actualizó además los salarios mínimos para actividades específicas y profesiones escalafonadas.
Por ejemplo, en el rubro de panadería y confitería, el maestro panadero confitero tendrá un salario mínimo de G. 3.613.073, mientras que el ayudante de panadería y confitería percibirá como mínimo G. 3.044.469.
En talleres mecánicos, el Oficial Primero tendrá un salario mínimo de G. 3.962.688, y el ayudante un mínimo de G. 3.416.403.
Para el Régimen de Aprendizaje y Aprendizaje Dual, el salario mensual quedó establecido en G. 1.826.400, mientras que el jornal diario será de G. 70.246.
Aumenta la bonificación familiar
El reajuste salarial también tiene efecto en la bonificación familiar. Desde este nuevo periodo, el beneficio queda en G. 152.200 por cada hijo que cumpla con los requisitos para recibirlo.
Desde el Ministerio de Trabajo recordaron que aquellos trabajadores que no reciban el salario correspondiente desde el 1 de julio pueden realizar la denuncia mediante el canal de WhatsApp habilitado para mensajes de texto al (0993) 308-100.