02 mar. 2025

Seis dudas frecuentes sobre el funcionamiento de IPS

En www.ips.gov.py existe una sección de consultas, o llamando al (021) 223 141/3 o al 0800-11-5000. En www.ips.gov.py existe una sección de consultas, o llamando al (021) 223 141/3 o al 0800-11-5000.

Te respondemos algunas preguntas sobre el seguro de IPS.

1- Estoy a prueba, ¿debo estar en el seguro?

R: Sí, el empleador está obligado a comunicar la entrada del trabajador en el momento en que éste inicia su tarea dentro de la empresa, esto incluye el periodo de prueba.

2- ¿Cuál es el salario mínimo de un trabajador aprendiz?

R: El salario mínimo de un trabajador aprendiz corresponde al 60% del salario mínimo legal.

3- Soy trabajador independiente, ¿puedo ser asegurado del IPS?

R: Los trabajadores independientes pueden ser asegurados del IPS, pero aportan solo para su jubilación y no están beneficiados con el seguro de salud.

4- ¿Qué pasa si dejé de aportar?

R: Los aportes no se pierden, se acumulan para los efectos jubilatorios.

5- Salí de la empresa donde trabajaba, ¿tengo derechos todavía?

R: Si es por despido, seguís teniendo tus derechos por 60 días a partir de la comunicación al IPS. En caso de renuncia el seguro culmina automáticamente al momento de comunicación de salida.

6- ¿Qué documentos debo presentar para hacer trámites ante el IPS?

R: La cédula de identidad es imprescindible para cualquier trámite.