Por esta ley, accederán a salud y jubilación las personas con las que hay una relación de dependencia: choferes del servicio familiar, limpiadoras, cocineras, lavanderas, planchadoras, niñeras, jardinero, cuidadores de enfermos, mandaderos, etcétera.
Cómo es la inscripción
- Acercate a la Dirección de Aporte Obrero y Patronal, Departamento de Servicios del IPS (Nuestra Señora de la Asunción 853 e/Humaitá y Piribebuy, Asunción).
- Completá la Declaración Jurada de Inscripción Patronal y la Declaración Jurada de Movimientos del Empleado.
- Fotocopias de C.I. autenticadas del contratante y su cónyuge.
- Fotocopia de C.I. del trabajador o trabajadora.
En el interior, acudir a las oficinas de Aporte Obrero Patronal locales (ver cuadro con teléfonos).
Otros casos
En los casos de personas que no trabajan todos los días, se debe pagar proporcionalmente sobre la base del sueldo mínimo fijado que es de G. 1.094.433 y sobre el resultado calcular el aporte.
Para consultas llamar a la línea baja de la Dirección de Aporte Obrero Patronal (021) 219 7800