La Ley Nº 1642, vigente desde el 2000, prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, además de la restricción de venderlas a menores de 20 años de edad, pero en escasas ocasiones se aplica porque no tiene ninguna sanción, salvo el decomiso de los productos que los infractores tengan en su poder.
La cuestión se agrava cuando se agregan otros hechos punibles, como ocurrió con Aldo Raúl Cuenca Rivas (19) y Roberto Gabriel Rolón Agüero (24), quienes estaban tomando en una plaza del barrio Villa Virginia, Lambaré, ayer alrededor de las 09:30 de la mañana.
Rolón tenía en su poder una motocicleta sin chapa ni habilitación; además, él no contaba con licencia de conducir, según reportó la Comisaría 4ª Central.
“El procedimiento corresponde a la policía. Incautar y destruir en el acto, bajo acta, las bebidas alcohólicas. No es causal de imputación o detención.
Salvo que el ciudadano genere actos de violencia por la intervención policial (resistencia) o conduzca un vehículo bajo los efectos del alcohol”, explicó al respecto el fiscal Emilio Fúster, de la Unidad Especializada de Hechos Punibles contra la Seguridad y la Convivencia de las Personas, del Ministerio Público.
Por lo general, los policías no proceden cuando hay gente tomando en la calle o en una plaza, a no ser que haya polución sonora, quejas de vecinos, peleas o sospecha de consumo de drogas, confió una fuente policial a EXTRA.