05 may. 2024

Proponen pagar a cuotas el aguinaldo de este año

Ministerio de Trabajo presentará proyecto al Congreso, para ayudar a empresarios afectados por la pandemia.

dinero
Enojo. Los sindicalistas dicen que los empresarios deben de recurrir a préstamos para cumplir con el aguinaldo de los trabajadores.

Foto: Ilustración

La próxima semana, el Ministerio del Trabajo presentará una propuesta al Congreso, para permitir a los empleadores pagar el aguinaldo en dos cuotas. De esta forma, se busca “ayudar” a los empresarios cuyos rubros fueron afectados por la pandemia.

Oliver Gayet, titular de la Asociación de Restaurantes del Paraguay (ARPY), había argumentado que el sector gastronómico llegará muy golpeado a diciembre y por ende, dijo que no tendrán fondos para cumplir con el sueldo Nro. 13 de los trabajadores. A este pedido se unen los rubros de Transporte, Hotelería y Turismo.

El viceministro de Trabajo, Luis Orué, explicó que el pedido de modificación del artículo 243 del Código Laboral, relativo al aguinaldo, es solo una alternativa y temporal, pero que sigue en estudio la propuesta de pagar fraccionado el beneficio. La primera cuota sería en diciembre y la segunda en enero.

La Corriente Sindical Clasista salió al paso de esta posibilidad y dejó en claro que rechazan la propuesta. “Lo que quieren hacer es violentar los derechos de los trabajadores y golpearlos aún más en medio de la crítica situación que está atravesando socialmente la clase obrera y los trabajadores en el contexto de esta pandemia”, dijo Eduardo Ojeda, líder del gremio.

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“Cada empleado ya trabajó por ese aguinaldo y no es culpa de ellos que la empresa no pueda pagar. Ellos (por los empleadores) deben buscar la manera para cumplir ya sea haciendo préstamos, pero no castigando al obrero”, añadió el sindicalista.

Afirmó estar de acuerdo con que se pague fraccionado, solo si se da este año, no en enero o febrero como se está planeando. “Si quieren adelantar el aguinaldo, no hay problema, lo que nos disgusta es que quieran pagar el próximo año”, manifestó Ojeda.

Para el abogado laboralista Eduardo Pérez, lo que propone el Ministerio de Trabajo es ilegal, ya que el Código Laboral establece claramente que los pagos del sueldo Nro. 13 deben realizarse antes del 31 de diciembre.

“Esta norma nos ordena su cumplimiento. No pueden pasar por encima del Código y sacar una resolución que tienda a perjudicar a una de las partes, que es la clase trabajadora del sector formal”, expresó.

En cuanto a los laburantes cuyos contratos fueron suspendidos, dijo que no cobrarán el total del aguinaldo, pues la ley dice que se deben sumar por los meses trabajados ,y lastimosamente, el “beneficio” que dio IPS no se puede contar como sueldo.