08 may. 2024

Prestación: Embargarán los sueldos y bienes sin rodeos

Nueva resolución acorta camino para hacer cumplir la sentencia.

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¿Sabías que existe un documento que habilita a exigir directamente el pago atrasado de la cuota alimentaria?

Lorena Segovia, titular del Ministerio de Defensa Pública, explicó a EXTRA que a partir de ahora, la notificación de la resolución donde consta el monto a pagar por los hijos, se deberá acompañar de una copia de una nota donde se le informa que, en caso de atraso o falta de pago de la asistencia alimenticia fijada judicialmente, tiene la posibilidad de solicitar la ejecución de dicha resolución. Sin mayores vueltas se le embargará el salario o sus bienes, si tiene.

“Es decir, puede acudir con ese documento a su mismo defensor para que tramita, independientemente de la acción penal, en caso que exista”, explicó.

En la resolución también se agrega la aclaración de que la existencia o el desconocimiento de la existencia de bienes o ingresos económicos, no es motivo para evitar el inicio de las ejecuciones correspondientes.

Si el alimentante no tiene nada a su nombre, el defensor podrá solicitar su inhibición de bienes (no podrá comprar ni vender nada), explicó.

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Este proceso es aparte de un juicio penal, si es que llega a la Fiscalía el caso. Recordamos que para el deudor existe una expectativa de pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa.

“En lo penal se obtiene el ‘castigo’ al alimentante que incumple con la cárcel, pero también recordamos a las madres que puede hacer otro procedimiento para cobrar con intereses el monto adeudado ya sea retroactivo a futuro”, indicó Segovia.

Agregó que “muchas veces las madres (digo las madres porque un 75% de nuestras asistidas son mujeres), no quieren que vaya a la cárcel nomás, sino cobrar el derecho de su hijo/a”, expresó.

Un problema pillado

Una vez que salga la sentencia y no se cumpla con eso, la notificación del inicio de la segunda etapa del juicio, llamada Ejecución de sentencia, ese proceso se debe pagar por el trámite a un oficial de justicia. Esto suele ser un impedimento, ya que muchas personas no tienen para pagar al funcionario.

“Encima tiene que abonar en el momento. Supongamos que la sentencia es de G. 8.000.000 millones, el oficial cobra entre 2%, 3% del monto, a veces más, lamentó.

Indicó que desde el Ministerio de Defensa van a proponer dar una salida a esta problemática de miles de juicios.

Piden a los defensores denunciar

La Ministra de la Defensa Pública, Lorena Segovia explicó también emitió una resolución donde se reitera la gratuidad del proceso de pedido de prestación alimentaria, no solo dentro de su institución, sino también fuera, especialmente si se trata de cobros indebidos de los ujieres.

“No tenemos denuncias concretas ni montos que se cobren, pero en el caso que un defensor/a sepa de que en algún momento del proceso se realice un cobro de notificaciones, por ejemplo, denuncia al mismo juzgado”, indicó.