Algunas empresas han establecido, como reglamento, la prohibición de relaciones amorosas entre compañeros. Si se comprueban los noviazgos, es motivo de despido inmediato. ¿Qué tan legal es esta medida?
Una mujer que prefirió el anonimato contó que, a finales de diciembre, ella y su novio fueron despedidos de un local del Shopping del Sol por haberse convertido en pareja. Eso sí, admitió que se equivocó al ocultar que estaban juntos mucho antes de entrar a trabajar.
Un caso similar ocurrió en la Municipalidad de Areguá, donde el propio intendente Denis Torres admitió haber despedido a 6 funcionarios por estar “encerrados y gustándose” en horario laboral.
Adolfo López, director de Mediación de Conflicto del Ministerio de Trabajo, dijo que el Código Laboral no prohíbe formar una pareja con compañeros de tareas, pero aclaró que cada empresa tiene su reglamento interno en el que se establecen las normas y obligaciones.
“Si las dos partes están de acuerdo del impedimento a la hora de firmar el contrato, es legal el despido, pero dicho estamento debe ser homologado por el Ministerio de Trabajo” explicó el alto funcionario.
Sin embargo, no pudo precisar, si la entidad mediadora llegó a aprobar normativas que incluyan como causal de despido el noviazgo entre compañeros.
En las entidades públicas no hay dramas con los noviazgos
“Yo no puedo prohibir que las personas se enamoren”, aseguró Humberto Peralta, ministro de la Función Pública, al ser consultado sobre el noviazgo entre compañeros de trabajo y agregó que en la institución “hay algunas parejas e inclusive matrimonios que trabajan”. Acotó: “Se encuentran, pero obviamente en áreas distintas, donde no hay control recíproco”.