Mario (nombre ficticio) llevaba años dudando de su paternidad, hasta que se decidió someterse a la prueba de ADN con sus tres hijos.
Así descubrió que dos de los adolescentes no eran su ta’ýra teete de sangre y decidió quitarles el apellido.
La defensora pública civil ante la Niñez y la Adolescencia de Asunción, Ana Marcela Tarabini González, representó a la madre ante el pedido de impugnación de filiación del alonsito.
Tras analizar detenidamente el caso, el Juzgado de la Niñez y Adolescencia rechazó la demanda, ya que la defensa planteó que el caso debía analizarse también desde los vínculos afectivos, la historia familiar y el interés superior de los niños.
Fueron escuchados
En la audiencia fueron escuchados los tres hijos, quienes pudieron expresar cómo vivían la situación y qué significaba para ellos el vínculo con quien reconocían como padre. Este argumento fue suficiente para que el alonsito tenga que seguir reconociendo a los chicos, ya que el interés superior del niño es más importante.
Jurisprudencia
La Jueza de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez, explicó a EXTRA que no se le puede quitar el apellido al niño si ya hay “vínculo afectivo”.
Explicó que hace unos años se sentó jurisprudencia y la Corte Suprema de Justicia tiene una visión más amplia que el vínculo de sangre. Se tiene en cuenta la “filiación socioafectiva”.
“Más allá de la falta del vínculo de sangre, existe la identidad dinámica, parecido a la adopción, donde ya hay afectividad entre padre e hijo”, explicó la magistrada.
Testimonio
La Juez de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez, señaló que la prueba de ADN puede salir negativo pero si el menor de edad ya construyó un vínculo de unión social, sentido de identidad y sentido de pertenencia, por lo que rige el interés superior del niño. También se tiene mucho en cuenta la edad de los menores, mientras más años de convivencia, menos posibilidad de quitarle el apellido.