02 mar. 2025

Preguntas sobre el aguinaldo

9-tudinero

Consultamos con la abogada Catalina Ocampos, del Ministerio de Trabajo, algunas dudas frecuentes sobre el aguinaldo.

1- ¿Cómo se calcula? Se suma todo lo cobrado desde el 2 de enero de hasta el 31 de diciembre de (sueldo, horas extras, comisiones y otros ingresos) y se divide entre 12.

2- ¿El cálculo se hace sobre el bruto (antes de descontar el IPS) o después de descontar el IPS? Se calcula sobre el monto antes de descontar IPS.

3- ¿Las empleadas domésticas también cobran? Sí, como cualquier trabajador.

4- ¿Hasta qué día pueden pagarse? Hasta el 31 de diciembre, cualquiera sea el día de la semana que caiga.

5- ¿Qué se hace en caso de no cobrarlo? Se puede ir al Ministerio de Trabajo y solicitar una mediación o hacer una denuncia anónima en la Dirección de Inspección y Fiscalización.

6- ¿Hay algún servicio que nos permita pedir el cálculo? El ministerio, en su departamento de Mediación, dispone de un área de liquidación, donde el trabajador puede pedir un cálculo de su aguinaldo. Para eso debe traer el monto que percibió en el año y si no tiene un monto fijo, el promedio de los últimos seis meses por lo menos.

En la página web del ministerio: www.mtess.gov.pyse pueden hacer las consultas; no obstante allí el servicio es solamente para explicar, no se hace la cuenta.