14 may. 2024

Personas con discapacidad no deben pagar el pasaje

El presi Marito ya firmó por la reglamentación de la ley. Beneficiarios deben solicitar a SENADIS un certificado.

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Los dos primeros asientos del lado derecho del transportista.

Gentileza

Unos 7.000 usuarios de micros en todo el país van a beneficiarse con la ley de pasaje gratis para personas con discapacidad, según la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad (SENADIS).

El presi Marito Abdo ya firmó y la normativa entra en vigencia vía Decreto N° 4.821, por el cual reglamenta la Ley N° 6556, que establece que personas con discapacidad de cualquier tipo pueden movilizarse gratis en transporte terrestre de corta, mediana y larga distancia dentro del país.

¿Cómo acceder a este beneficio?

El beneficiario deberá solicitar de forma gratuita a SENADIS un certificado de discapacidad, donde se hace constar que la persona es favorecida con la citada ley y contar con datos como:

-Nombres y apellidos

-Número de C.I.

-Fecha de nacimiento

-Fecha de emisión del certificado

-Fotografía tipo carnet

-Firma del funcionario de SENADIS

Una vez que el beneficiario solicite el certificado SENADIS deberá otorgar en un plazo no mayor a 30 días. El solicitante deberá tener como mínimo una discapacidad del 33%.

Primer asiento

La empresa de transporte deberá reservar los dos primeros asientos del lado derecho del transportista con su respectivo distintivo para uso exclusivo de las personas con discapacidad. En caso de una persona con discapacidad visual, su acompañante también tiene pasaje gratis.

Multa

Los que nieguen el transporte gratuito a personas con discapacidad van a recibir una multa de 50 jornales mínimos (G. 4.217.000): 200 jornales si hay reincidencia.