A partir del pasado 1 de noviembre rige la ley 5047/15 de seguro doméstico obligatorio, por la cual, los trabajadores accederán a salud y jubilación a través del IPS.
También dispone:
- las 8 horas laborales.
- pago por horas adicionales.
- derecho al descanso semanal y días feriados.
Números
- Según la disposición, el salario mínimo del trabajador doméstico es de G. 1.094.433.
- La previsional percibirá G. 279.080 sobre este salario mínimo.
- El empleador debe aportar mensualmente G. 180.581 (16%) y el trabajador G. 98.499 (9%).
- De esta manera, por un empleado doméstico que se le paga el mínimo, el patrón debe pagar G. 1.275.041 (sueldo más su aporte).
- A partir de diciembre, los patrones deberán declarar en forma mensual el salario, para generar los extractos y hacer el pago.
Para denuncias
En caso de incumplimiento los empleados pueden recurrir a las oficinas de la Dirección de Aporte Obrero Patronal ubicadas en el primer piso del Instituto de Previsión Social. Otra forma de denunciar es a través del sitio web portal.ips.gov.py en la sección denuncias o al (021) 219 7800.