Cuando aún sigue fresca la polémica que armó hace unos días la influencer Shirley Boom, a quien se le prohibió la entrada al baño de mujeres de un shopping, por ser una persona transexual, el diputado colorado Hugo Ramírez presentó hoy un proyecto de ley, para obligar a la instalación de baños unisex en edificios públicos y privados de acceso público en todo el país.
La iniciativa se denomina “de baños familiares” y busca garantizar que todas las personas, independientemente, de su edad o discapacidad, puedan acceder a servicios sanitarios adecuados, señala un informe sobre el tema.
Asegura que se trata de un espacio unisex, destinado al uso sanitario, dotado de las instalaciones y servicios necesarios para garantizar su accesibilidad, privacidad, seguridad y comodidad para todas las personas, sin importar su género, edad o discapacidad, dice parte de la exposición de motivos.
“Este proyecto nace de la necesidad de contar con espacios donde una madre pueda ingresar con su hijo varón o un padre pueda acompañar a su hija mujer en un baño público, atendiendo sobre todo al target de menores de 13 años que requieren alguna asistencia en lugares públicos”, tuiteó el legislador, para explicar qué lo motivó a elaborar la norma.
En el documento, se aclara que se trata de “una opción para personas que necesitan asistencia en el baño, como padres con hijos pequeños y personas con discapacidad”, al tiempo de resaltar que “los baños familiares presentan múltiples ventajas en términos de inclusión, seguridad, eficiencia y flexibilidad”.
En uno de sus artículos señala que “el Estado promoverá y facilitará la implementación de baños familiares en establecimientos públicos y privados, mediante el otorgamiento de incentivos fiscales, subsidios, asesoramiento técnico y apoyo financiero a los titulares de los establecimientos alcanzados por esta ley”.
Además, fija un plazo de dos años, a partir de la entrada en vigencia de la ley, para que los locales afectados adecuen sus instalaciones y garantizar la disponibilidad de baños familiares.
Prevé sanciones
También prevé que las municipalidades serán las encargadas de fiscalizar el cumplimiento de todas las disposiciones y que, en caso de incumplimiento, se aplicarán las siguientes sanciones:
- a) Apercibimiento: en caso de incumplimiento detectado por primera vez, se otorgará un plazo de seis (6) meses para subsanar la situación;
- b) Multa: si persiste el incumplimiento luego del plazo otorgado en el apercibimiento, se aplicará una multa cuyo monto será establecido en función de la gravedad de la infracción y la capacidad económica del infractor; y
- c) Clausura temporal: en caso de reincidencia en el incumplimiento, se procederá a la clausura temporal del establecimiento hasta que se adecuen las instalaciones a las disposiciones de la presente ley.
El documento fue remitido a las comisiones de Legislación y Codificación; Derechos Humanos; Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones; Prensa, Comunicación Social, Artes y Espectáculos; Salud Pública; Asuntos Municipales y Departamentales; Equidad Social y Género; Niñez, Juventud y Desarrollo y en la de Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, según informó la Cámara Baja.