16 dic. 2024

Se quejó contra los que obligan a trabajar feriados y la echaron

Embed

Rocío Vázquez (33), una vendedora de ropas y zapatos de un conocido shopping de Villa Morra, Asunción, no imaginó la tremenda repercusión que tendría el descargo que hizo en Facebook, cuando se enteró de que el shopping en donde trabajaba abriría desde las 10:00 de la mañana hasta las 21:00 en Navidad y Año Nuevo.

La trabajadora, cansada de perder la oportunidad de pasar con sus familias y sus amigos los días festivos, escribió: “Esta gente (empresarios) cree que no tenemos vida. Y no me jodan con ‘cambiá de laburo si no te gusta’ o ‘estudiá y dedicate a algo mejor’. ¿Qué necesidad hay de abrir en Navidad y Año Nuevo”, expresó, muy molesta.

Ella también cuestionó a las personas que van al shopping en esos días. “Yo me refería a las personas que van de compras. No se va a terminar el mundo porque no te compres ese día un zapato o una cartera. Disfrutá con tu familia”, se descargó en contacto con EXTRA.

“También tenemos familia y amigos. Nadie se pone en nuestros zapatos”

Contó que desde el día que posteó eso en su muro, miles de personas compartieron su opinión y también recibió opiniones en contra. “Me dicen que soy haragana, que sabía que iba a un shopping, que tiene horarios especiales, pero no es eso. El sistema consumista luego está mal”, dijo la mujer.

Luchó por sus compañeras

Por su escrito, que se viralizó en las redes, a Rocío se le echó de su trabajo, pero ella ve eso como una victoria. “Gracias a mi posteo, mis excompañeras no van a trabajar esos días. Gané eso a costa de mi trabajo”, finalizó, orgullosa.

El ministro de Trabajo, Guillermo Sosa, aclaró que no está prohibido que los comercios abran en los días feriados, pero dijo que deberían cumplirse algunos requisitos (ver tabla). “Debemos incentivar a los empresarios a que cuiden a sus empleados. Que les den esa retribución a sus colaboradores”, afirmó.

Condiciones para trabajar en feriado:

  • El derecho a feriados y descansos está en el Código del Trabajo.
  • Si trabajás en un día festivo nacional o religioso, tendrás derecho a una compensación de descanso. No necesariamente en la misma semana.
  • Además, se te debe dar un día de fiesta compensatoria, es decir, si trabajás Navidad, tenés libre en Año Nuevo.
  • Tenés derecho a una paga más alta por trabajar esos días, que de ninguna manera reemplaza tu derecho al descanso. Ejemplo: Un jornal mínimo es: G. 78.505. Deberías cobrar: G. 157.010.