19 abr. 2024

Los alcances de la legítima defensa

El abogado Víctor Ángel Casanova explica cuándo es legítima defensa.

Casanova.jpg

Abogado Víctor Ángel Casanova.

Ante la constante ola de asaltos, muchas personas desean actuar en vez de quedarse con los brazos cruzados, y es importante conocer los alcances de la bien llamada “Legítima Defensa”.

El Art. 19 del Código Penal Paraguayo, dice: “No obra antijurídicamente quien realizara una conducta descrita en el tipo legal de un hecho punible, cuando ella fuera necesaria y racional para rechazar o desviar una agresión, presente y antijurídica, a un bien jurídico propio o ajeno”, es decir, una persona no comete un delito y existe legítima defensa al intentar desviar una amenaza o ataque presente contra nuestra vida o la de otra persona, siempre que sea en forma necesaria y racional.

Existen dos posturas. Por un lado, los activistas de derechos humanos quienes reclaman los derechos de los asaltantes heridos o muertos. Y por otro, la sociedad que se encuentra cansada de la inseguridad y actúa por cuenta propia.

Entonces, es importante saber que la legítima defensa termina cuando finaliza el ataque, por lo que si el asaltante se retira y usted lo persigue por cuadras y lo ataca por la espalda, cuando usted ya no está en peligro, esto podría justificarse como una agresión por una excitación emotiva sufrida por parte de la víctima, pero ya no sería configurado como legítima defensa.