05 mar. 2025

Armas desde los 18: solo para policías y militares

El proyecto de modificación de la Ley de Armas aclara que los civiles solo pueden portar armas para defensa personal, aquellas que no son automáticas. El proyecto de modificación de la Ley de Armas aclara que los civiles solo pueden portar armas para defensa personal, aquellas que no son automáticas.

El proyecto de modificación de la Ley de Armas, presentado por el diputado José María Ibáñez y aprobado en general por la Cámara Baja, cuenta con dos polémicos artículos. Uno de ellos pretende que el permiso de portación se otorgue a partir de los 18 años y, el otro, eleva a 5 la cantidad de armas que uno puede tener.

Considerando que el estudio de cada artículo de la ley se realizará mañana, el diputado José María Ibáñez adelantó a EXTRA que planteará a las Comisiones de Defensa y de Legislación que la reducción de la edad, para la portación de armas sea exclusivo para el personal de defensa del Estado, es decir, para egresados de la Academia de Policía y la Academia Militar.

“En principio, se hizo de manera general, tanto para civiles y organismos de seguridad, pero vamos a sugerir esa modificación. Plantearemos que solo los policías y militares puedan adquirir sus propias armas siendo menores a 22 años” señaló.

La actual Ley de Armas no permite que los jóvenes con menos de 22 años compren sus propias armas, por eso muchos usan el nombre de sus padres o de terceros, según el legislador.

Capacitación

El proyecto también plantea que el “certificado de manejo seguro de armas” sea un requisito imprescindible para la portación. Para ello, las empresas que comercializan armamentos deberán ofrecer cursos de manejo de armas de fuego, con instructores habilitados por la Dirección de Material Bélico (Dimabel).

“El acceso de cada tipo de armas se realizará por niveles y cada uno contará con un entrenamiento especial. El nivel 1 es para defensa personal; el 2, para uso profesional; y el 3, para organismos de seguridad del Estado”, aclaró Ibáñez.