13 dic. 2024

6 preguntas sobre casos especiales de aguinaldo

El Ministerio de Trabajo está en Luis A. de Herrera y Paraguarí; consultas al (021) 448 183. El Ministerio de Trabajo está en Luis A. de Herrera y Paraguarí; consultas al (021) 448 183.

Hay situaciones especiales con respecto a este pago anual y obligatorio.

1- Lo reciben los trabajadores en relación de dependencia, pero ¿cómo se determina esta situación?

La persona debe estar en una relación de subordinación respecto a su empleador y debe cumplir funciones exigidas de forma permanente.

2- ¿Un trabajador independiente puede recibir aguinaldo?

Siempre que haya prestado servicios de manera permanente y en una relación de subordinación tiene derecho a percibir.

3- ¿Se puede cobrar el aguinaldo sin haber trabajado un año?

Sí, el procedimiento del cálculo es el mismo (se suma todo lo percibido y se divide entre doce). Se cobra al terminar la relación laboral.

4- ¿Qué sucede con las personas que reciben la modalidad de pago por resultado?

Si el trabajador cobra por resultados obtenidos, el cálculo se realiza sobre la liquidación mensual.

5- En el caso de las empresas tercerizadas, ¿a quién ponde el pago?

En este caso el pago corresponde a la empresa contratista.

6- ¿Empleadas domésticas lo cobran?

Sí, el cálculo es igual que para cualquier trabajador.