Analía Ramírez, de 26 años, tenía 4 años de antigüedad en una multinacional cuando quedó embarazada. Por esta razón, la empresa la desvinculó hace 30 días, según denunció. Fue al Ministerio del Trabajo para recibir orientación y el asesor Mario Gamarra le dijo que, al tratarse de una multinacional, no podían hacer nada, según contó. “Me dijeron que perdería mi tiempo y si no tengo dinero saldría perdiendo”, mencionó a la 1020 AM.
Incluso, relató que fue a una entrevista y rechazaron su currículum por ser una mujer joven en edad reproductiva. Para agravar su situación, intentó consultar en IPS, pero allí figuraba como renunciante, pese a que la despidieron. EXTRA habló con Gamarra, del Ministerio, quien negó conocer el caso, pero dijo que por la nueva Ley de Maternidad no se puede despedir a una mujer embarazada.
¿Qué dice la ley?
La nueva Ley 5.508/2015 de Lactancia Materna fue promulgada el 28 de octubre del año pasado. La normativa establece la extensión del permiso por maternidad a 18 semanas ininterrumpidas (4 meses y medio). Dispone que las trabajadoras que dan a luz deben cobrar el 100% del salario que percibe al momento del parto, de los fondos de IPS.
Los empresarios habían advertido que esta ley dificultará el acceso al trabajo de las mujeres jóvenes. “Son las que más necesitan trabajo, se les va a complicar conseguir empleo”, había señalado Eduardo Felippo, presidente de la UIP.