A partir de 00:01 de mañana comienza a regir un nuevo decreto presidencial en el país, ya como parte del plan de levantamiento gradual del aislamiento preventivo. Entre los cambios más llamativos de esta nueva resolución están: la circulación por una hora más en las calles, es decir, hasta las 1:00 de la madrugada y la vuelta de las actividades deportivas en grupos de hasta 7 personas, dándole el “ok” al futbolacho.
El decreto N° 5.666, firmado hoy por el presidente Mario Abdo Benítez, flexibilizará y aumentará la cantidad de participantes en los eventos culturales, locales gastronómicos y encuentros sociales, eso sí, los protocolos sanitarios de distanciamiento y uso de tapabocas serán aún muy estrictos.
El primer artículo de la decisión establece que las personas podrán desplazarse desde las 5:00 de la mañana hasta la 1:00 de la madrugada. Dentro de este horario podrán operar:
- Los comercios con ambientes ventilados, con uso permanente de mascarillas y trabajo en cuadrillas.
- Venta de productos por entrega a domicilio o delivery y para pasar a retirar.
- Los locales gastronómicos.
- Locales con uso de ambientes abiertos o al aire libre.
En los bares, se permitirán hasta 8 personas sentadas por mesa, con agendamiento previo. No están permitidos los espacios bailables ni barras.
Educación
Las instituciones educativas podrán funcionar en la modalidad virtual o híbrida-semipresencial. Las universidades seguirán con la modalidad de educación a distancia.
En este último punto, podrán implementar clases semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud y cuando cuenten con el parecer favorable del Consejo Nacional de Educación Superior (CONES), cumpliendo las medidas sanitarias y la infraestructura necesaria.
Eventos sociales
Los eventos sociales en espacios públicos y privados estarán habilitados. La realización de esto será responsabilidad de una persona física o jurídica. No están permitidos los espacios bailables ni barras. Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo de Salud.
Espacios cerrados: Hasta 100 personas
Espacios abiertos o al aire libre: Hasta 150 personas
Actividades físicas
Atletas de alto rendimiento, deportistas federados y seleccionados nacionales deberán ser habilitados para la práctica deportiva y competencias federadas con hisopado, sin público, organizadas o fiscalizadas por las Federaciones Deportivas Nacionales reconocidas y con la habilitación de la Secretaría Nacional de Deportes.
Se permite la práctica deportiva colectiva de entretenimiento y participación en grupos de hasta 7 personas por equipo.
Actos de culto
Podrán realizarse hasta con 150 asistentes, con 2 metros de distancia entre personas. El uso permanente de mascarillas es esencial. Si el acto se realiza en un lugar abierto, se permitirán hasta 200 personas.